Ley Zona Fría
Ley Zona Fría
Ampliación de localidades contempladas en el Régimen de Zonas Frías.
LEY N°27.637
En esta ley se amplían las localidades alcanzadas por el régimen de Zonas Frías, sumando varias localidades dentro de la zona de distribución de Camuzzi.
Listado de municipios incluidos en la ley 27.637 en la Provincia de Buenos Aires
- 25 de Mayo
- 9 de Julio
- Adolfo Alsina
- Adolfo G. Chaves
- Alberti
- Ayacucho
- Azul
- Bahía Blanca
- Balcarce
- Benito Juárez
- Bolívar
- Bragado
- Cañuelas
- Carlos Casares
- Carlos Tejedor
- Castelli
- Chacabuco
- Chivilcoy
- Coronel Dorrego
- Coronel Pringles
- Coronel Rosales
- Coronel Suarez
- Daireaux
- Dolores
- Florentino Ameghino
- General Alvarado
- General Alvear
- General Arenales
- General Belgrano
- General Guido
- General Juan Madariaga
- General La Madrid
- General Lavalle
- General Paz
- General Pinto
- General Pueyrredón
- General Viamonte
- General Villegas
- Guaminí
- Hipólito Yrigoyen
- Junín
- Laprida
- Las Flores
- Leandro N. Alem
- Lincoln
- Lobería
- Lobos
- Maipú
- Mar Chiquita
- Monte
- Monte Hermoso
- Navarro
- Necochea
- Olavarría
- Pehuajó
- Pellegrini
- Pila
- Pinamar
- Puan
- Rauch
- Rivadavia
- Rojas
- Roque Pérez
- Saavedra
- Saladillo
- Salliqueló
- Salto
- San Cayetano
- Tandil
- Tapalqué
- Tordillo
- Tornquist
- Trenque Lauquen
- Tres Arroyos
- Tres Lomas
- Villa Gesell
- Villarino
¿Cómo son los descuentos y a qué tarifas corresponden?
Los descuentos podrán ser del 30% o 50% según corresponda la tarifa, condiciones de elegibilidad del beneficiario y que el suministro esté ubicado en las localidades incluidas en Zonas Frías. Los descuentos irán impactando en la factura de los usuarios, primero en forma parcial, dadas las fechas de las lecturas de consumo, para posteriormente impactar con ese descuento en forma total en las facturas posteriores.
Los descuentos del 30% serán aplicados a los usuarios con Tarifa Residencial (de gas natural) y todos los usuarios de Gas Licuado de Petróleo por redes (GLP) de las localidades incluidas para ambos casos.
Los descuentos del 50% serán aplicados a los usuarios inscriptos en el ANSES como beneficiarios de Tarifa Social y otros usuarios elegibles por su condición social por la autoridad de aplicación en las localidades incluidas.
Los registros para inscribirse dentro de las condiciones elegibles para estos descuentos se deben realizar en los organismos correspondientes de gobierno, siendo estos trámites ajenos a Camuzzi.
Para mayor información hacé click en estos links https://www.enargas.gob.ar/ o https://www.anses.gob.ar/tarifa-social-de-gas o comunicate telefónicamente al ENARGAS al 0800-333-4444.
Adicionalmente el descuento del 50% también será aplicado a Entidades de Bien Público de acuerdo a la Ley 27.218, Asociaciones Civiles con ingresos ordinarios anuales menores a la categoría “G” del Régimen del Monotributo, Comedores comunitarios con o sin personería jurídica inscriptos en el Registro Nacional de Comedores y Merenderos Comunitarios de Organizaciones de la Sociedad Civil (RENACOM ), que se encuentren dentro de las localidades incluidas en la Ley de Zonas Frías.
Aquellos usuarios alcanzados por los descuentos podrán ver en la factura las siguientes leyendas: una leyenda cruzada en color celeste que indica que está incorporado a los descuentos Ley 27.637 y una franja celeste en la parte inferior de la factura con un mensaje más detallado.
Ejemplo de factura con las leyendas de Zona Fría:
Preguntas Frecuentes
Dado que los descuentos se aplican a partir de los consumos efectuados en una fecha determinada por la publicación de la información regulatoria de ENARGAS y que las lecturas de consumos se toman a partir de fechas ya establecidas, probablemente en tus primeras facturas veas alguna aplicación parcial de este descuento, producto de ese desfasaje de fechas, y en facturas posteriores vas a ir viendo la aplicación total del mismo.
En ese caso no se te aplicará ninguno de estos descuentos mencionados por la Ley 27.637, independientemente de la tarifa que tengas.
Para cualquier información adicional ingresá a https://www.enargas.gob.ar/ o comunicate al 0800-333-4444 Ley 27.637 publicada en el Boletín Oficial